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Los planes de compensación flexible (PCF) permiten que cada empleado decida voluntariamente cómo quiere percibir su retribución bruta, optando por una combinación de retribución dineraria y retribución en especies con productos que le ofrece la empresa: seguros de vida y accidentes, seguros médicos, vales de comida, tickets guardería, ordenadores, formación, etc.
El beneficio de los Planes de Compensación Flexible es doble:

a) exentos en su totalidad
b) exentos parcialmente
c) régimen especial
Ejemplo: Seguro de SaludExención 500 € anuales por persona. El Real Decreto Legislativo 3/2004 de 5 de Marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas establece que:
“Art. 46 Gastos por seguros de enfermedad que no constituyen retribución en especie.
El empleado disminuye el Salario Bruto anual a cambio del pago del seguro de salud. En este producto, el ahorro es el IRPF para el empleado, además de conseguir un precio más asequible al ser un seguro colectivo pactado por la empresa. Para la empresa, es un gasto deducible en el Impuesto de Sociedades. Caso práctico: Salario Bruto anual inicial: 55.000 €Sustitución de renta dineraria por Seguro médico para 4 miembros de la familia: 2.000 €
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